Las contrapericias psicológicas forenses llevan una gran responsabilidad ético-profesional en el sistema jurídico debido al impacto que van a tener sus conclusiones. Por ello, el profesional que realiza esta contrapericia debe estar preparado profesionalmente y sustentar mediante el procedimiento y metodología científica todas las preguntas que puedan realizar los entes encargados de ejercer justicia, asimismo el control y gestión de emociones. El informe pericial debe ser imparcial, estructurado, replicable y alejados de los prejuicios del profesional que lo realiza. El psicólogo debe seguir lo establecido en el Código de Ética y Deontología del Colegio de Psicólogos, las guías o manuales de evaluación psicológica forense; sin embargo cabe mencionar que por diversos motivos estas exigencias técnico profesional no siempre llegan a cumplirse, por ello dentro de la práctica profesional, se advierte informes pobremente integrados y con conclusiones que no pueden deducirse de los demás componentes del informe pericial; en otras ocasiones, no están preparados profesionalmente, no siguen el método científico, no han realizado la revisión sistemática de la carpeta fiscal, lo cual no permite que las conclusiones sean fundamentadas científicamente.